jueves, 13 de enero de 2011

¿Procedencia del juicio político?

El Diario, 13 de enero de 2011
Luis Javier Valero Flores
¿Qué discutieron los diputados locales el martes pasado, en la sesión privada en la que resolvieron iniciar el juicio político en contra de los jueces Catalina Ochoa, Netzahualcóyotl Zúñiga y Rafael Boudib?
¿Habrán discutido si las razones esgrimidas por el Presidente de la Comisión de Derechos Humanos, José Luis Armendáriz, eran las suficientes para iniciar tal procedimiento?
Imposible saberlo ahora, seguramente con los días podremos acceder a las versiones estenográficas y quizá al video de tan memorable sesión –quiera Dios y María Santísima que así sea- pero ahora solamente podremos especular sobre las probables razones esgrimidas por unos y otros y sobre todo a partir de las declaraciones que diversos legisladores han emitido.
Basados en una anacrónica regulación que obliga a darles carácter “privado” a las sesiones “I. Cuando se presenten acusaciones en contra de los servidores públicos que gozan de fuero constitucional, así como de solicitud de declaración de procedencia formulada por la autoridad competente… III. Cuando se traten los asuntos que tengan por objeto la organización interna del Congreso, los relativos a los asuntos económicos de éste, así como los que se refieran a los deberes de los Diputados…”. (Art. 91 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo), los diputados resolvieron en sesión cerrada a la sociedad acerca de asuntos que forman parte de las preocupaciones del país entero.
La resolución, dada a conocer a través de una conferencia de prensa y declaraciones posteriores a ella, tuvo como argumento central, para dar inicio al procedimiento, el de que existen actos cometidos por los jueces “que pudieran haber causado detrimento de la buena marcha del servicio público”. Expresada así la argumentación pudiéramos estar de acuerdo, entonces, con la determinación de iniciar el juicio político.
Sin embargo, los diputados debieron discutir si el acto que le da origen a todo el procedimiento es de la calidad que contemplan las normas legales y ahí aparece la duda más importante. Lo que mucha gente y, sobre todo, informadores y gobernantes han cuestionado fue el fallo de los jueces en el caso del asesinato de Ruby Frayre en el cual, ahora sabemos, los diputados tienen serias sospechas acerca de la conducta de los juzgadores y que tal comportamiento –el fallo de un solo caso judicial- dio lugar a un serio quebrantamiento de la confianza ciudadana en las instituciones públicas.
La voz popular, a la que ahora tanto se atiende, informada no de la mejor manera, asienta que los jueces declararon inocente a un acusado confeso y que, por tanto, los jueces deberán ser enjuiciados y, peor aún, sin haber dado inicio a un juicio, declarados culpables de no sabemos cuántos delitos.
Pero si el Congreso resolvió iniciar el juicio político con base solamente en ese argumento, entonces sí podremos empezar a temblar porque el sistema legal y judicial en el país establece que un fallo de los jueces sobre un asunto puede ser revisado por una instancia superior. Lo que sí sucedió en el presente caso pues un Tribunal de Casación encontró culpable a Sergio Barraza del delito de homicidio y lo sentenció a 50 años de prisión. Pero lo enjuició ¡En ausencia!
Más aún, de haber obrado mal en dicho juicio, el Supremo Tribunal de Justicia era la instancia adecuada para conocer del caso, investigar, oír a los jueces y resolver sobre el asunto. Y si los encontrara culpables de la comisión de alguna irregularidad, sancionarlos.
Pero de ahí a que por la sentencia de un caso, el Poder Legislativo inicie el juicio político es entrar a terrenos de la incompetencia legal y, entonces, asistiremos en los próximos días a la muy previsible obtención, por los jueces, de un amparo y que en la resolución definitiva el Poder Judicial Federal le ordenará al Congreso del Estado el no dar trámite al juicio político y al Poder Judicial de Chihuahua restituir con todos sus derechos y obligaciones, así como sus emolumentos a los jueces hoy victimados ante la opinión pública.
Y tal ruta se constituirá en un agravio más al Estado de Derecho en Chihuahua pues significará que, en aras de presentar soluciones y resultados inmediatos, se incurre en excesos que pueden llegar a ser verdaderas violaciones legales.
Y si no, que le pregunten al defensor de los jueces, quien ha expresado públicamente que pueden llegar hasta la solicitud –ante el Congreso de la Unión- del establecimiento de juicio político ¡A los diputados locales! Por haber violado la jurisprudencia que para el caso esgrimen, en el cual la Suprema Corte de Justicia de la Nación estableció la prohibición expresa, que para casos como el ahora comentado no se puede entablar juicio político a los juzgadores.
Pero no es todo.
Correo electrónico: Aserto1@netscape.net
Blog: http://luisjaviervalero.blogspot.com

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