jueves, 23 de enero de 2014

Opacidad plena

El Diario, 23 de enero de 2014
Luis Javier Valero Flores
Vaya que el caso Rodolfo Leyva Martínez-Congreso del Estado va develando, por desgracia, infinidad de hechos reveladores de la escasa asimilación que varios de los más importantes (por la función que desempeñan) funcionarios públicos poseen acerca de derechos ciudadanos fundamentales, reconocidos y aceptados muy recientemente, como es el del derecho a la información pública.
El ciudadano común, un poco más informado de la existencia, tanto de estos derechos, como de los organismos encargados de garantizar su plena vigencia, podría dar como un hecho incuestionable que los aspirantes a integrar el Consejo General del Instituto Chihuahuense de Transparencia y Acceso a la Información Pública (Ichitaip) tendrían como uno de sus principios -y por ello aspirarían a ocupar tan importante función- el de que la información pública, es eso, pública, la cual debe tener ciertos límites, como el de proteger la información personal y la seguridad pública, pero nada más.
Más aún, que quienes aspiran a ocupar un cargo en la administración pública debieran concebir que la mayor parte de sus acciones, ingresos y relaciones personales pasarán a formar parte de la información pública, que la ley no lo podría proteger, por ejemplo, de que cualquier ciudadano pueda conocer el monto de sus ingresos como funcionario público.
En el caso que nos ocupa, un aspecto relevante estriba en que la mayoría de los aspirantes a integrar el Consejo General del Ichitaip se negaron a que los resultados de sus evaluaciones, fundamentalmente del examen de conocimientos aplicado, como parte del proceso de selección, fueran dados a conocer.
¿Con base en qué criterio se le niega a la sociedad la posibilidad de conocer las aptitudes técnicas de quienes aspiran a esos cargos? ¿No es acaso una de las principales herramientas para saber que ciudadanos honorables con plenos conocimientos de la materia de transparencia y del derecho a la información pública se conviertan en los defensores de los derechos de la sociedad en esta materia?
Por lo menos para el escribiente eso sería motivo suficiente para, en automático, descartar a ese aspirante pues no demostraría poseer tan elemental concepto en derecho tan trascendente en la sociedad moderna.
Bueno, pues la mayoría de los aspirantes firmaron una petición en ese sentido. El colmo sobrevino después. En el largo litigio judicial protagonizado por el abogado Leyva, éste solicitó al Congreso del Estado que se le entregaran el listado de los aspirantes y las calificaciones obtenidas por cada uno de ellos.
Sorprendentemente, el Poder Legislativo de Chihuahua -suponemos garante del derecho a la información pública- le negó tal información. Leyva acudió al Ichitaip en el cual se desempeñaban las consejeras impugnadas por aquel.
El 4 de abril de 2013 se celebró la sesión extraordinaria del Consejo General del Ichitaip, estando presentes el Consejero Manuel Enrique Aguirre Ochoa, la Consejera Alma Rosa Martínez Manríquez y el Consejero Enrique Medina Reyes, en su carácter de Consejero Presidente del … Ichitaip, así como el licenciado Eduardo José Gómez Arriaga, en su carácter de Secretario Ejecutivo del Instituto. (Acta de la sesión firmada por los dos últimos, página del Ichitaip).
En ella, tenían como tema prácticamente único la discusión de un proyecto de revisión promovido por Leyva Martínez en contra del Congreso del Estado, porqueéste le había negado la información citada argumentando que respecto de las calificaciones de todos los participantes, no es posible proporcionar la información en virtud de ser considerada información confidencial por tratarse de datos personales. (Ibídem).
El consejero Manuel Aguirre fue el encargado de presentar el proyecto en el que le concedían la razón al Congreso del Estado. ¡La votación fue unánime!
El problema está en que en esa lista se encontraba la consejera Alma Rosa Armendáriz, la que votó porque no se dieran a conocer los resultados del examen de conocimientos que había presentado para ¡integrar ese órgano!
¿Y el conflicto de intereses? Ninguno.
¿Y la autoridad que debía velar porque no se presentara tal eventualidad? Bien, gracias.
Puras aportaciones para la picaresca nacional.
El acta comentada dice a continuación: El Consejero Presidente felicitó al ponente por la precisión, pulcritud y la hermenéutica jurídica que se utilizó en el desarrollo del proyecto. Señaló que la resolución se sustenta en base a los tratados y convenciones internacionales… De igual modo se hace una correcta ponderación de derechos, entre los derechos de acceso a la información pública y protección de datos personales, con el derecho a la vida íntima. Por todo ello, dijo, felicitaba al Consejero Ponente por el proyecto que se estaba presentando. (Ibídem).
¿Para qué agregar más?
asertodechihuahua@yahoo.com.mx; Blog: luisjaviervalero.blogspot.com; Twitter: /LJValeroF

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