jueves, 3 de julio de 2014

Justicia, hacemos agua

El Diario, 3 de julio de 2014
Luis Javier Valero Flores
Poco a poco, casi imperceptiblemente, quizá no en un número que pudiera preocupar a la autoridad, pero sí con mayor frecuencia, se empiezan a conocer cada vez más casos en los que los tribunales liberan a detenidos, acusados de cometer alguno (s) de los delitos de mayor impacto en la población.
Preocupan más las razones más frecuentes por las que son liberados: Las declaraciones autoinculpatorias, obtenidas a través de la tortura, lo que retrotrae la situación al mismo sitio en que nos encontrábamos, antes de la vigencia del nuevo sistema de justicia penal.
Esto se da independientemente de la oralidad de los juicios, característica que por sí sola pensamos que pudiera traernos certeza en la procuración y aplicación de la justicia.
Y es que al aprobarse que todas las declaraciones válidas de los inculpados fueran exclusivamente las rendidas en el juicio, y ninguna otra, dados los antecedentes en esta materia en el país y en la entidad, en los que las declaraciones de los acusados eran la prueba reina de los juicios, entonces se sometía a los acusados a las torturas más indecibles.
La fábrica de “chivos expiatorios” era muy eficiente. La reforma parecía el camino ideal para lograr que los ministerios públicos efectuaran eficazmente su tarea investigadora. Luego, ante la avalancha homicida y la incapacidad de la autoridad encargada de la procuración de justicia, se efectuó la reforma para aceptar, nuevamente, la declaración autoinculpatoria, siempre y cuando fuera “rendida ante autoridad competente”.
Y se abrió la puerta del infierno, porque en el afán de mostrar resultados se incurrió nuevamente en lo que ahora reflexionamos, con casos cada vez más frecuentes.
Así acaba de ocurrir nuevamente. Tras 29 meses presos, tres personas salieron libres y exonerados, acusados de los delitos de extorsión, absueltos “por un Tribunal de Juicio Oral que anuló todas las pruebas presentadas por el Ministerio Público al determinar que fueron obtenidas a través de la tortura. El representante legal de los tres hombres anunció que interpondrán una demanda por la vía civil y penal para exigir la reparación del daño ocasionado y que se sancione a los servidores públicos que ordenaron y los sometieron a tortura para que se autoincriminaran”. (Nota del Staff,  El Diario, 2/VII/14).
De ese modo, Juan Antonio y Jesús Iván Figueroa Gómez, así como Misael Sánchez Frausto, obtuvieron su libertad. Su caso se convirtió en una verdadera tragedia familiar pues se quedaron hasta “sin vivienda, todo por una mentira que se inventaron”, señaló Raúl Sánchez, padre de Misael.
A Misael le quebraron las costillas, a Juan Antonio le dislocaron un brazo y a Jesús Iván le reventaron el tímpano de un oído.
Fueron declarados inocentes por un Tribunal Oral colegiado al dejar “sin valor las autoincriminaciones de los tres procesados y las imputaciones de un testigo –Francisco Javier Sariñana, al señalar que también fue coaccionado…”. (Ibídem).
En el juicio fue determinante la contradicción entre el agente ministerial que los detuvo y las declaraciones de los acusados. En tanto el primero sostuvo que fueron detenidos luego de cobrar una cuota por “derecho de piso”, los acusados arguyeron que fueron sacados de sus casas por los agentes.
Luego demostrarían que fueron torturados. Este caso aparece en el informe anual de Amnistía Internacional 2013.
“Con ellos son más de 20 las personas liberadas en los pasados 12 meses después que se comprobó que fueron aprehendidos durante el operativo Conjunto Chihuahua (vigente de 2008 a 2012) y sometidos a tortura por militares o agentes policiacos”. (Nota de Rubén Villalpando, La Jornada, 13/VI/14).
¿Estará funcionando bien la aplicación de justicia? Semanas atrás, al detener al presunto asesino de los abogados, Salvador Urbina Quiroz y César Cordero Gutiérrez, se informó que había entrado y salido de la cárcel siete veces, por haber recibido, tanto de jueces de Garantía (estatal), como de Distrito (federal), sentencias con los beneficios de la libertad condicional, la sustitución de la pena por jornadas de trabajo a favor de la comunidad y el pago de fianzas.
Y en otras ocasiones, algo que se va convirtiendo en un asunto cotidiano, los ministerios públicos, tanto estatales como federales, no pudieron aportar elementos para que fuera encarcelado.
Las consecuencias de hechos como los aquí relatados, son gravísimas. “Siete de cada 10 asesinatos cometidos en el año 2013 siguen impunes. Durante este periodo, los tribunales de Garantía únicamente resolvieron la situación jurídica de 136 acusados del delito de homicidio de los 485 que se registraron en la ciudad (Juárez)”, según datos del Supremo Tribunal de Justicia del Estado (STJE). (Nota de El Diario, 19/I/14). 
Es decir, mientras en ese lapso casi 500 personas fueron asesinadas, sólo se había resuelto el 28% de esos crímenes.
Las otras dos consecuencias mayores estriba en que al detener a quienes no se les comprueba participación en los delitos, pues sólo tienen su declaración arrancada a base de tortura, los verdaderos delincuentes siguen libres; o si, por el contrario, sí son responsables  de los delitos imputados, al no investigar y obtener evidencias en su contra, son liberados por falta de pruebas y… tortura.
O cambiamos tal situación o la impunidad seguirá imperando entre nosotros.
Escuche, de lunes a viernes a las 6 pm, en Chihuahua, Aserto Radio 102.5FM, o por www.antenafm.mx

asertodechihuahua@yahoo.com.mx; Blog: luisjaviervalero.blogspot.com; Twitter: /LJValeroF

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