jueves, 16 de octubre de 2014

Tlatlaya, instituciones a prueba

El Diario, 16 de octubre de 2014
Luis Javier Valero Flores
Probablemente como en ningún otro caso tan emblemático, en los tiempos actuales, se ha puesto a prueba una de las más importantes resoluciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, relacionada con la actuación de las fuerzas armadas, como en el caso Tlatlaya.
Quizá sea la mas importante porque derribó -no sólo derogó- una de los principales aspectos de la existencia del Ejército Mexicano: El de su relación con la sociedad mexicana, y en particular con los denominados “civiles”.
Ahora están señalados, como es lógico, como debió ser desde el principio, un general de brigada y un coronel -el responsable directo del grupo de militares- en el homicidio de 22 “civiles”, acaecido a fines de junio en el pueblo mexiquense de Tlatlaya. Podrían ser acusados de encubrimiento por la justicia militar.
A pesar de todas las nuevas regulaciones, estos altos mandos militares se encuentran recluidos en sus domicilios y no están bajo la jurisdicción de ninguna autoridad civil.
“El general de brigada José Luis Sánchez León, ex comandante de la 22 Zona Militar, es investigado por la Procuraduría General de Justicia Militar sobre su presunta participación”. (Nota de Jesús Aranda, La Jornada, El Diario, 15/X/14).
La información proporcionada al reportero ubica como participantes a “los 25 soldados que integraban el batallón y que estuvieron presentes en el lugar de los hecho”. La defensa de los hasta ahora 12 acusados arguye que informaron a sus mandos que estaban siendo agredidos y pidieron instrucciones. Les ordenaron repeler la agresión.
Sin embargo, desde que se conocieron públicamente los hechos los mandos militares negaron tener conocimiento de ellos, razón que los llevaría, por lo menos, al estatus de encubridores del homicidio múltiple.
¿En dónde radica la transgresión? En que desde el 9 de agosto del 2012, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió, por una votación de 8 a dos, que los militares acusados de delitos contra civiles no deben ser juzgados por tribunales castrenses.
Los ministros establecieron límites al fuero de guerra. “Nunca debe ser juzgado un militar por un tribunal militar cuando la víctima del delito sea un civil y se hayan violado sus derechos humanos en consecuencia de ese delito… Y eso no es solamente en atención a quien comete el delito, sino también porque esta jurisdicción ordinaria se da por protección a las víctimas, que tienen derecho a un tribunal imparcial, no sólo por el tema de reparación del daño, sino por el derecho a hacer efectiva la verdad y la justicia”, indicó el ministro Arturo Zaldívar. (Nota de Reforma, 10/VIII/12).
La resolución de la SCJN se tomó siguiendo la sentencia dictada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en el caso Rosendo Radilla, en 2009, en la que se estableció la misma interpretación de la Carta Magna.
Sorprende que no obstante las luengas repercusiones mundiales alcanzadas por esta masacre -con todos los visos de ser una ejecución extrajudicial-, ni las autoridades militares han decidido acatar lo dispuesto en las nuevas disposiciones legales ( y poner, en consecuencia, a la disposición de las autoridades civiles a todos los presuntos implicados), ni las autoridades civiles le han exigido a aquellas, tanto el acatamiento al orden legal existente, como los presuntos responsables.
Todo ello a pesar de que el actual Procurador General de la República, Jesús Murillo Karam, presidía la Comisión de Gobernación de la Cámara de Senadores, que presentó importantísimas reformas para ponerle restricciones al fuero de guerra, en el mismo sentido de las resoluciones de la SCJN y que se opuso (dándole largas a la discusión) a un proyecto de reformas al Código de Justicia Militar, impulsado por el entonces presidente Felipe Calderón, que reforzaría los aspectos más retrógrados del vigente hasta ahora, expedido por el presidente Abelardo Rodríguez en 1933, en uso de facultades extraordinarias y sin intervención del Congreso.
Fruto de la larga presencia militar en la vida nacional, por la eternidad de las guerras sostenidas durante prácticamente todo el siglo XIX, que se prolongó hasta casi la mitad del siglo XX, en la que, incluso el partido gobernante llegó a contar con un “cuarto” sector en su estructura, el militar, la clase política mexicana no ha logrado disminuir la importancia de esta institución, ni evitar que todavía ya avanzada la actual centuria este gremio disminuyera su estatus de privilegio.
No se le quitan méritos, alcanzados en muchos aspectos, pero no se justifica la existencia de unas fuerzas armadas, de la magnitud como las nuestras, en un país pacífico y pacifista de muchas décadas y, mucho menos que, hechos como los ahora comentados, transcurran con la opacidad y la ilegalidad observadas.
Y si se adujera que su participación se necesita en aspectos como el combate al crimen organizado o en tareas de protección civil, bastaría con la creación de las fuerzas especializadas en esas tareas. A los militares no les competen, además, no están capacitados para ello.
Todos los presuntos implicados en los hechos comentados ahora deben ser puestos, de inmediato y sin reservas, bajo la jurisdicción de las autoridades civiles, en ello nos va en juego uno de las aspectos centrales de la existencia, real, de un Estado democrático.
Escuche, de lunes a viernes a las 6 pm, en Chihuahua, Aserto Radio 102.5FM, o por www.antenafm.mx

asertodechihuahua@yahoo.com.mx; Blog: luisjaviervalero.blogspot.com; Twitter: /LJValeroF

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