A las puertas del autoritarismo
El Diario, 10 de noviembre de 2024
Luis Javier Valero Flores
«Artículo 1o.- En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece.
Las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con esta Constitución y con los tratados internacionales de la materia favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia.
Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad…». Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Duele asentarlo pues lo que ahora hacen quienes gobiernan, es exactamente lo contrario a lo planteado por el vasto movimiento cívico-popular del último medio siglo y no solamente en los concienzudos estudios o puntillosos planteamientos, sino en las infinitas movilizaciones efectuadas.
Lo propuesto y aprobado por el morenismo en las últimas semanas ha fijado las bases de un nuevo régimen, que quien sabe qué programa llevará a la práctica, pero al que, desde ya, se le puede clasificar como autoritario.
Desde muchas vertientes se le ha señalado de esa manera, destacadamente desde los partidos de la oposición y de la inmensa mayoría de los analistas de la prensa tradicional, pero también desde los pocos espacios ocupados por la izquierda democrática, la academia, sobresalientemente desde las filas de los trabajadores del Poder Judicial de la Federación y las redes sociales, sobre todo en la ‘X’ (antes Twitter).
Si no tuviéramos a la mano tantas evidencias del rumbo imprimido a su gobierno por la 4T, bastaría una sola: La propuesta de derogar el artículo 1o. de la Constitución.
Poca cosa, pretendían desconocer por la vía de los hechos la obligación del Estado Mexicano a respetar los tratados internacionales, en materia de Derechos Humanos, firmados por México, y en muchos casos hasta impulsados por nuestro país.
No lo hicieron, pero lo que aprobaron a partir de septiembre ha sentado las bases de un nuevo régimen:
Al decretar que la Guardia Nacional dependa y forme parte de la Defensa Nacional militarizaron en su totalidad la seguridad pública, lo que significa, por tanto, la derogación, en la práctica, del artículo 129 constitucional: «En tiempo de paz, ninguna autoridad militar puede ejercer más funciones que las que tengan exacta conexión con la disciplina militar».
Por la vía de los decretos presidenciales, innumerables asuntos de la vida pública les fueron adscritos a las fuerzas armadas, con lo que un inmenso porcentaje del presupuesto público pasó a la más absoluta opacidad ya que, además, una buena parte de los ‘encargos’ del presidente López Obrador a las fuerzas armadas los declaró de ‘seguridad nacional’ y, por tanto, ajenos al escrutinio público.
En ese sentido, la decisión de quitarle la autonomía al Instituto de Transparencia y Acceso a la Información Pública (INAI) deroga, por la vía de los hechos, el derecho a la información pública y desaparece la obligación de los organismos públicos a actuar bajo los niveles más elevados de la transparencia pues la función la adscribió a una dependencia dependiente de la presidencia.
Mención aparte, y que se inscribe mayormente en la tendencia autoritaria del gobierno de Claudia Sheinbaum, es la aprobación de lo que ellos llaman la ‘supremacía constitucional’, eufemismo para encubrir sus pretensiones pues aprobaron que en adelante las reformas constitucionales no puedan ser impugnadas por nadie; ni por la vía del amparo, de la controversia constitucional o de la inconstitucionalidad; esto es, que lo decretado por la presidenta será mandamiento único, ante el cual nadie podrá inconformarse.
Por supuesto que en ese esquema necesitaban cambiar profundamente el método de designación de los integrantes de los poderes judiciales, el de la federación y los de los estados.
Necesitaban controlar el mecanismo de designación. Con ello habrán desaparecido la división de poderes y habrán quitado, tanto los mecanismos, como los encargados de revisar a los poderes Legislativo y Ejecutivo, piedra central del Estado que nos habíamos construido.
Algunos, los menos del morenismo, alegarán que lo existente hasta ahora era un Estado antidemocrático, neoliberal, basado en la explotación de los trabajadores.
Pues sí, pero el que están conformando no es, de ninguna manera, mejor.
Se afirma lo anterior porque en el mecanismo propuesto por López Obrador y aprobado en tiempos de Sheinbaum, serán los legisladores y los ministros morenistas de la Corte, más la presidencia de la República, los que propondrán a la totalidad de los candidatos a las posiciones de juzgadores federales.
Así, por la vía de los hechos, Morena se habrá convertido, no sólo en el partido dominante, sino en el partido de Estado en México.
Descuella en esos esfuerzos lo realizado en la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) en la que colocaron en un primer período (y en la que se apuntan a nombrar para un segundo) a una renombrada militante de Morena, Rosario Piedra, -sí, hija de la muy respetada Rosario Ibarra- pero que llegó a esa posición para efectuar exactamente lo contrario para lo que fue creada la CNDH, que es para defender a los ciudadanos de los excesos del poder, lucha a la que le entregó su vida su madre.
Es decir, la 4T no desea la existencia de una dependencia, un ente, un actor, o lo que sea, que la vigile, la limite o la sancione.
Así, no asombra que la Cámara de Diputados discuta y apruebe la próxima semana el paquete final que redondeará la creación del nuevo régimen, la extinción de siete organismos autónomos, así como la ampliación del catálogo de delitos merecedores de prisión preventiva.
Desaparecerán a:
El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai);
El Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval);
La Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece);
El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT);
La Comisión Nacional de Mejora Continua de la Educación (Mejoredu);
La Comisión Reguladora de Energía (CRE) y la Comisión Nacional Hidrocarburos (CNH).
Cada una merece una reflexión, la efectuaremos.
En todas, casi como si fuera una concesión, se asegura que los derechos laborales de las personas servidoras públicas serán respetados en su totalidad.
Tanto la Reforma Judicial, como el resto de las propuestas afectan, por una parte a toda la sociedad y, por la otra, a los ciudadanos directamente involucrados en cada uno de los organismos o figuras públicas afectadas por las leyes modificadas.
En todas ellas se viola flagrantemente lo establecido en el artículo 1o. de la Constitución, pues éste establece el principio de progresividad, esto es, que cualquier modificación legal no podrá modificar en sentido regresivo los derechos, individuales o colectivos.
Eso es letra muerta para la 4T.
Por otro lado, la reforma a la Constitución, para ampliar el catálogo de delitos que ameritan prisión preventiva, mediante una modificación al artículo 19 de la Constitución Política, la cual establece que el juez «ordenará la prisión preventiva oficiosa en los casos de extorsión, narcomenudeo, actividades ilícitas relacionadas con el fentanilo y otras drogas sintéticas, conforme a las leyes aplicables… (Además), en los casos de defraudación fiscal, contrabando y cualquier actividad relacionada con falsos comprobantes fiscales en los términos fijados por la ley».
Con ello, bastará que alguien sea acusado de cometer un delito de esa lista para que, de inmediato, sea recluido sin defensa alguna.
Si ya es más que inquietante lo anterior, la segunda parte de la propuesta de los «humanistas» que nos gobiernan es más que característica de los regímenes autoritarios.
Dice que «para la interpretación y aplicación de las normas previstas en este párrafo, los órganos del Estado deberán atenerse A SU LITERALIDAD, QUEDANDO PROHIBIDA CUALQUIER INTERPRETACIÓN ANÁLOGA O EXTENSIVA que pretenda inaplicar, suspender, modificar o hacer nugatorios sus términos o su vigencia, ya sea de manera total o parcial…».(Mayúsculas de LJVF).
Tal modificación desecha por completo lo contenido en el artículo 1o. constitucional, que obliga al Estado Mexicano a que «las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con esta Constitución y con los tratados internacionales de la materia…».
Llevarán al país al abismo, probablemente no de inmediato, pero de eso no nos salvamos.
Columna de Plata de la Asociación de Periodistas de Cd. Juárez (APCJ): 2008, 2015, 2017, 2022 y 2023
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